La Visa EB-1A es una visa de inmigrante de primera preferencia para personas con habilidad extraordinaria. No se requiere patrocinador — la petición puede presentarse de forma autónoma.

Criterios de elegibilidad:

  • Debe demostrar aclamación nacional o internacional sostenida en su campo.
  • Debe satisfacer al menos tres de diez criterios de evidencia de USCIS.
  • Cumplir tres criterios es necesario pero no suficiente — USCIS aplica una Determinación de Méritos Final.
  • No requiere certificación laboral (PERM).
  • Autopetición mediante Formulario I-140.

La visa EB-1B es una visa de inmigrante de primera preferencia para profesores e investigadores reconocidos internacionalmente como destacados en un campo académico específico. Patrocinio laboral es requerido.

Criterios de elegibilidad:

  • Debe ser reconocido internacionalmente como destacado en un campo académico específico.
  • Debe tener al menos tres años de experiencia en docencia o investigación en el campo.
  • Debe ingresar a EE.UU. para ocupar un puesto permanente de docencia o investigación.
  • Debe satisfacer al menos dos de seis criterios de evidencia de USCIS.
  • Requiere que un empleador en EE.UU. presente el Formulario I-140 — no permite autopetición.

La EB-1C es una visa de inmigrante de primera preferencia para ejecutivos y gerentes de empresas multinacionales. No requiere certificación laboral (PERM).

Criterios de elegibilidad:

  • El beneficiario debe haber trabajado fuera de EE.UU. en capacidad ejecutiva o gerencial durante al menos un año continuo dentro de los tres años anteriores a la presentación de la petición.
  • Las entidades en EE.UU. y en el exterior deben tener una relación calificada: matriz, subsidiaria, afiliada o sucursal.
  • El empleador en EE.UU. debe haber estado operando durante al menos un año al momento de presentar la petición.
  • El puesto en EE.UU. debe ser de naturaleza ejecutiva o gerencial — se requiere prueba funcional; el título por sí solo es insuficiente.
  • El empleador debe demostrar capacidad continua para pagar el salario ofrecido a partir de la fecha de prioridad.
  • El empleador presenta el Formulario I-140 — no se permite autopetición.

La Visa EB-2 es una categoría de visa de inmigrante de segunda preferencia para profesionales con credenciales académicas avanzadas o personas con habilidad excepcional en las ciencias, artes o negocios.

Criterios de elegibilidad:

  • Profesional con grado avanzado: posee una maestría, doctorado u otro grado de posgrado, o una licenciatura más al menos cinco años de experiencia progresiva en la especialidad.
  • Habilidad excepcional: debe satisfacer al menos tres de seis criterios de USCIS.
  • Requiere certificación laboral (PERM) salvo que se solicite una Exención de Interés Nacional (NIW).
  • Con NIW: no se requiere patrocinador ni PERM — permite autopetición.

La Visa por Exención de Interés Nacional es una subcategoría de la Visa EB-2 que exime del requisito de oferta de trabajo y certificación laboral (PERM).

Criterios de elegibilidad:

  • El emprendimiento propuesto tiene mérito sustancial e importancia nacional.
  • El solicitante está bien posicionado para avanzar el emprendimiento propuesto.
  • En términos generales, es beneficioso para EE.UU. eximir los requisitos de oferta de trabajo y certificación laboral.
  • Debe primero calificar para la clasificación EB-2: grado avanzado o habilidad excepcional.
  • Actualización USCIS enero 2025: los cinco años de experiencia de posgrado deben ser en la misma especialidad que el emprendimiento propuesto.

La Visa EB-3 es una visa de inmigrante de tercera preferencia para trabajadores calificados, profesionales y otros trabajadores. Requiere patrocinador empleador y certificación laboral (PERM).

Criterios de elegibilidad:

  • Trabajador calificado: el puesto requiere al menos dos años de capacitación o experiencia, de carácter no temporal ni estacional.
  • Profesional: posee licenciatura estadounidense o equivalente extranjero, y el puesto requiere dicho grado.
  • Otro trabajador: el puesto requiere menos de dos años de capacitación o experiencia.
  • Requiere certificación laboral (PERM) aprobada por el Departamento de Trabajo.
  • El empleador presenta el Formulario I-140.

La Visa EB-5 es una categoría de visa de inmigrante de quinta preferencia para extranjeros que invierten una cantidad calificada de capital en una nueva empresa comercial que crea empleo para trabajadores en EE.UU.

Criterios de elegibilidad:

  • Inversión mínima: $1,050,000 en área estándar; $800,000 en Área de Empleo Específico (TEA).
  • La inversión debe realizarse en una nueva empresa comercial establecida después del 29 de noviembre de 1990.
  • La inversión debe crear al menos diez puestos de trabajo a tiempo completo para trabajadores calificados en EE.UU.
  • Inversión directa: los empleos deben ser creados directamente por la empresa.
  • Inversión a través de Centro Regional (I-526E): los empleos pueden crearse directa o indirectamente.
  • El capital debe estar en riesgo — capital de origen ilícito no califica.

PERM es el proceso del Departamento de Trabajo mediante el cual un empleador certifica que no hay trabajadores calificados en EE.UU. disponibles para un puesto.

Criterios de elegibilidad:

  • El empleador debe realizar un esfuerzo de reclutamiento de buena fe dentro de los 180 días anteriores a la presentación de la Forma ETA 9089.
  • Los requisitos del puesto deben reflejar los requisitos mínimos reales del cargo.
  • Debe obtenerse una determinación de salario vigente del DOL antes del reclutamiento.
  • Solicitud presentada a través del sistema FLAG del DOL mediante el Formulario ETA-9089.
  • PERM no se requiere para las categorías EB-1, EB-2 NIW ni EB-5.

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